lunes, 2 de noviembre de 2009

CAPÍTULO V PROCEDIMIENTO PARA CORREGIR CONDUCTAS INACEPTABLES QUE PRESENTEN LOS ESTUDIANTES




Artículo 6º. Al estudiante se le evitará cualquier clase de castigo físico, psíquico o los que de alguna manera lesionen su salud física y/o mental.

Se tendrán en cuenta los siguientes criterios respetando el debido proceso:

a) Orientar y corregir mediante la implementación de procesos formativos integrales.

b) Valorar su comportamiento comunitario.

c) Citar al padre de familia o al acudiente.

d) Pagar o indemnizar el daño causado por el comportamiento inadecuado.

e) Exigir que el estudiante asuma compromisos de formación integral que tiendan a corregir las conductas no deseadas.

f) Recomendar para próximos años de estudio la reservación del derecho de admisión.

g) Suspender al estudiante cuando no se presente con su padre de familia o acudiente, habiéndosele notificado oportunamente.

h) Para casos de inasistencia a clases, habiendo ingresado a la institución, se citará al padre de familia al día siguiente para informar y aclarar lo sucedido y se harán las advertencias al tenor de las normas legales, se dejará constancia.

i) Si el proceso concluye en una sanción, poder apelar a una instancia superior, teniendo en cuenta el conducto regular.

j) Se dejará constancia en el registro de comportamiento del estudiante, en caso de reincidencia, se analizará en el comité de convivencia, el cual informará a la rectoría para que se lleve el caso al consejo directivo.

k) Suspensión de clases entre 1 y 5 días hábiles, tiempo que el estudiante utilizará dentro o fuera de la institución educativa a:

a. Realización de talleres formativos, sustentación y exposición de temática relacionada con la falta cometida.

b. Estar al día al reintegro de sus clases con la temática de cada asignatura.

c. Las evaluaciones realizadas durante el tiempo de la suspensión se consideran perdidas.

d. Las actividades programadas para el tiempo de suspensión depende del número de días y la falta cometida.

l) Se notificará al padre de familia para informarle sobre la asignación de trabajos a desarrollar por el estudiante.


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